Municipios | 28 jul 2020
En fase 4
Mar del Plata: el intendente Montenegro decretó la vuelta de nuevas actividades
Además de la reapertura de shoppings en formato galería y la extensión horaria de locales gastronómicos, se destacan la ampliación horaria para la actividad física al aire libre y la posibilidad de participar en encuentros religiosos con cupo de 10 personas.
A partir de las recomendaciones de la Comisión de Reactivación Económica, el intendente Guillermo Montenegro firmó el decreto que incluye algunas extensiones horarias en actividad física al aire libre y también incorpora la posibilidad de participar de encuentros en templos religiosos con cupo de hasta 10 personas.
El detalle del nuevo decreto prevé apertura de shopping en formato de galería, sin acceso a los baños, ni patio de comidas, ni sector de juegos para niños, ni cines; ampliación del horario para correr de 6 a 9 y de 19 a 00; extensión horaria de los locales gastronómicos que hoy podían abrir sus puertas de 7 a 19 ya hora podrán extender la apertura hasta las 24.
Asimismo, se permitirán la realización de ceremonias en establecimientos religiosos con hasta 10 personas y turnos de 20 minutos para la permanencia, respetando las medidas como distanciamiento social, uso de barbijo y control de temperatura. En este punto, también se dejó en claro que no se permitirá ningún tipo de celebraciones religiosas que impliquen la concurrencia masiva de personas como por ejemplo misas, bautismos, casamientos, comuniones, entre otras.
También se habilita la vuelta a la actividad de Conicet – Unidades Ejecutoras; agencias de Viajes y Turismo; musicoterapia, pochocleros, acompañantes Terapéuticos; UTN (visado); Colegio de Odontólogos; Adiestramiento canino; Salas de ensayo, estudios de grabación y clases individuales de música; Espacios Culturales y escénicos.
En lo que respecta a actividades deportivas, se habilitaron las pruebas en Autódromos y circuitos de deporte motor, sin competencia; y actividad náutico deportiva – navegación recreativa.
Por último, se deja en claro que las actividades deberán operar sin la utilización del transporte público y considerar para su ejercicio las limitantes existentes respecto de los grupos de riesgo.
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